Art. 38
Libro REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADOCapítulo Capítulo IIISecc. Sección IV. Junta de Participación de los Consejos Escolares Autonómicos

Art. 38

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En vigor desde 18 dic 2008
La Junta de Participación de los Consejos Escolares Autonómicos, que estará integrada por los Presidentes de los mismos y presidida por el Presidente del Consejo Escolar del Estado, tendrá las atribuciones incluidas en el artículo 22 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio.
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