Libro REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO›Capítulo Capítulo III›Secc. Sección IV. Junta de Participación de los Consejos Escolares Autonómicos
Art. 38
41 / 61En vigor desde 18 dic 2008
La Junta de Participación de los Consejos Escolares Autonómicos, que estará integrada por los Presidentes de los mismos y presidida por el Presidente del Consejo Escolar del Estado, tendrá las atribuciones incluidas en el artículo 22 del Real Decreto 694/2007, de 1 de junio.
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Proeli/es/o/2008/12/09/esd3669#art-38