Libro REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO›Capítulo Capítulo I
Art. 2
5 / 61En vigor desde 18 dic 2008
1. El Consejo Escolar del Estado se rige por lo dispuesto en los artículos 29 al 33 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; el Real Decreto 694/2007, de 1 junio, y el presente Reglamento.
2. Serán también de aplicación las normas básicas de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. En todo aquello no previsto en estas normas y siempre que no las contradigan, se someterá a los acuerdos del Pleno, de la Comisión Permanente o de la Junta de Participación de los Consejos Escolares Autonómicos, según el ámbito de actuación respectivo.
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Proeli/es/o/2008/12/09/esd3669#art-2