Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 1 jul 2008
El número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica estará compuesto por nueve caracteres, con la siguiente composición: a) Una letra, que informará sobre la forma jurídica, si se trata de una entidad española, o, en su caso, el carácter de entidad extranjera o de establecimiento permanente de una entidad no residente en España. b) Un número aleatorio de siete dígitos. c) Un carácter de control.
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eli/es/o/2008/02/20/eha451#art-2