Art. Regla 28
Libro INSTRUCCIÓN DEL MODELO BÁSICO DE CONTABILIDAD LOCALTítulo TÍTULO IVCapítulo Capítulo II

Art. Regla 28

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En vigor desde 1 ene 2006
La información sobre Tesorería se obtendrá a partir de los datos que figuren registrados en el Área de Tesorería y de los que se hagan constar en otras partes de la Cuenta de la entidad local, teniendo en cuenta las siguientes normas: a) Los cobros del Presupuesto de Ingresos corriente se reflejarán por sus importes netos, es decir, deduciendo de la recaudación total las devoluciones de ingresos pagadas. Su importe será el total de la recaudación neta que figure en la «Liquidación del Presupuesto de Ingresos» a que se ha hecho referencia en la Regla 26. b) El importe de los cobros de Presupuestos de Ingresos cerrados coincidirá con el total que figure como recaudación en la información sobre «Derechos a cobrar de Presupuestos cerrados» a que se refiere el apartado 4 de la Regla 27. c) Los cobros de operaciones no presupuestarias se determinarán como suma de las cantidades siguientes: El total de abonos del ejercicio que figure en la información sobre «Operaciones no presupuestarias de naturaleza deudora» que se establece en el apartado 2 de la Regla 30. El total de abonos del ejercicio que figure en la información sobre «Operaciones no presupuestarias de naturaleza acreedora» que se establece en el apartado 3 de la Regla 30. El importe que, por «Operaciones de Tesorería», figure como altas en la «Información sobre endeudamiento» a que se hace referencia en la Regla 29. En el caso de que, durante el ejercicio, se hubiesen producido altas de endeudamiento por «Operaciones de Tesorería» que no se deriven de ingresos, las cantidades correspondientes a dichas altas no se incluirán como cobros de esta naturaleza. d) Los pagos del Presupuesto de Gastos corriente se reflejarán por sus importes netos, es decir, deduciendo de los pagos realizados totales los reintegros de Presupuesto corriente. Su importe será el total de los pagos realizados netos que figure en la «Liquidación del Presupuesto de Gastos» a que se ha hecho mención en la Regla 26. e) El importe de los pagos de Presupuestos de Gastos cerrados coincidirá con el total que figure como pagos realizados en la información sobre «Obligaciones de Presupuestos cerrados» a que se refiere el apartado 3 de la Regla 27. f) Los pagos de operaciones no presupuestarias se determinarán como suma de las cantidades siguientes: El total de cargos del ejercicio que figure en la información sobre «Operaciones no presupuestarias de naturaleza deudora» que se establece en el apartado 2 de la Regla 30. El total de cargos del ejercicio que figure en la información sobre «Operaciones no presupuestarias de naturaleza acreedora» que se establece en el apartado 3 de la Regla 30. El importe que, por «Operaciones de Tesorería», figure como bajas en la «Información sobre endeudamiento» a que se hace referencia en la Regla 29. En el caso de que, durante el ejercicio, se hubiesen producido bajas de endeudamiento por «Operaciones de Tesorería» que no se deriven de pagos, las cantidades correspondientes a dichas bajas no se incluirán como pagos de esta naturaleza. g) El saldo inicial de Tesorería se obtendrá a partir de los datos que figuren registrados en el Área de Tesorería, correspondiéndose con la suma del saldo al inicio del ejercicio de todas y cada una de las Cajas de efectivo y cuentas bancarias para las que existan anotaciones contables. h) El saldo final de Tesorería se obtendrá a partir de los datos que figuren registrados en el Área de Tesorería, correspondiéndose con la suma del saldo a fin de ejercicio de todas y cada una de las Cajas de efectivo y cuentas bancarias para las que existan anotaciones contables. A estos efectos el saldo final de cada una de estas Cajas y cuentas bancarias se determinará incrementando el saldo inicial en el importe de los cobros y minorándolo por los pagos.
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