Art. Disposición final segunda
10 / 10En vigor desde 29 dic 2006
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación respecto de las cuotas devengadas a partir del 20 de noviembre de 2005.
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Proeli/es/o/2006/12/21/eha3947#disposicion-final-segunda