Art. 1

Art. 1

1 / 8
En vigor desde 31 dic 2008
1. Se aprueba el modelo 039 de «Comunicación de datos relativa al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido», que figura como anexo I de la presente orden. 2. El modelo 039 será presentado por quien tenga la consideración de entidad dominante del grupo de entidades, según lo dispuesto en el artículo 163 quinquies. Dos de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y se utilizará para comunicar la aplicación del régimen especial previsto en el Capítulo IX del Título IX de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, la solicitud de inscripción o baja en el registro de devolución mensual regulado en el artículo 30 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, así como, la opción establecida en el artículo 163 sexies.cinco de la citada Ley, en cuyo caso podrá comunicar también la opción por la aplicación de la regla de prorrata especial a que se refiere el artículo 103.dos.1.º de la Ley del Impuesto, en relación con el sector diferenciado de las operaciones intragrupo, o su revocación, todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61 bis apartados 1, 2 y 3 del Reglamento del Impuesto. Asimismo, la renuncia a la opción regulada en el artículo 163 sexies.cinco de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido se formalizará por medio de la presentación del modelo 039. La entidad dominante deberá presentar, también, el citado modelo 039 de «Comunicación de datos relativa al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido», para realizar la comunicación anual prevista en el artículo 61 bis.4 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como, cuando se produzca cualquier modificación que afecte a las entidades del grupo que apliquen el régimen especial, y en el supuesto de renuncia a la aplicación del citado régimen.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2008/12/29/eha3788#art-1