Capítulo CAPÍTULO 8
Art. 83
136 / 146En vigor desde 11 dic 2008
Comprende los recursos obtenidos por reintegros de préstamos o anticipos concedidos a agentes externos al sector público, con o sin interés, con plazo de reembolso a corto (no superior a un año) o a largo plazo (superior a un año).
En los conceptos 830 y 831 se incluirán los reintegros de los anticipos de pagas al personal, pudiéndose, en su caso, crear un subconcepto específico a tal efecto.
Concepto 830. Reintegros de préstamos de fuera del sector público a corto plazo.
Comprende los reintegros y anticipos concedidos a entidades no pertenecientes al sector público, cuando el plazo de vencimiento no sea superior a 12 meses.
Concepto 831. Reintegros de préstamos de fuera del sector público a largo plazo.
Comprende los reintegros y anticipos concedidos a entidades no pertenecientes al sector público, cuando el plazo de vencimiento sea superior a 12 meses.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2008/12/03/eha3565#art-83-1