Art. 75
Capítulo CAPÍTULO 7

Art. 75

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En vigor desde 11 dic 2008
Concepto 750. A la Administración General de las Comunidades Autónomas. Concepto 751. A organismos autónomos y agencias de las Comunidades Autónomas. Concepto 752. A fundaciones de las Comunidades Autónomas. Concepto 753. A sociedades mercantiles, entidades públicas empresariales y otros organismos públicos dependientes de las Comunidades Autónomas.
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