Art. 74
Capítulo CAPÍTULO 7

Art. 74

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En vigor desde 11 dic 2008
Se establecen dos conceptos atendiendo a la entidad de la que proceden las transferencias de capital: Concepto 740. De entes públicos. Concepto 741. De sociedades mercantiles.
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eli/es/o/2008/12/03/eha3565#art-74-1