Art. 51
Capítulo CAPÍTULO 5

Art. 51

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En vigor desde 11 dic 2008
Intereses de deuda no documentada en títulos valores, préstamos de todo tipo, anticipos o pólizas de crédito. Por conceptos, se diferenciarán los intereses percibidos en función de los grupos de Entidades o sujetos deudores. Concepto 511. De Organismos Autónomos y agencias. Concepto 514. De sociedades mercantiles, entidades públicas empresariales y otros organismos públicos. Concepto 518. De familias e instituciones sin ánimo de lucro.
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