Art. 44
Capítulo CAPÍTULO 4

Art. 44

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En vigor desde 11 dic 2008
Se establecen dos conceptos atendiendo a la entidad de la que proceden las transferencias corrientes: Concepto 440. De entes públicos. Concepto 441. De sociedades mercantiles.
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eli/es/o/2008/12/03/eha3565#art-44-1