Art. 42
Capítulo CAPÍTULO 4

Art. 42

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En vigor desde 11 dic 2008
Transferencias corrientes que la entidad local o sus organismos autónomos prevean conceder a la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, fundaciones, entes públicos o sociedades mercantiles. Concepto 420. A la Administración General del Estado. Concepto 421. A Organismos Autónomos y agencias del Estado. Se establecen dos subconceptos: Subconcepto 421.00. Al Servicio Público de Empleo Estatal. Subconcepto 421.10. A otros organismos autónomos. Concepto 422. A Fundaciones estatales. Concepto 423. A sociedades mercantiles estatales, entidades públicas empresariales y otros organismos públicos. Se establecen los siguientes subconceptos, atendiendo al objeto de las subvenciones que se prevean conceder: Subconcepto 423.00. Subvenciones para fomento del empleo. Subconcepto 423.10. Subvenciones para bonificaciones de intereses y primas de seguros. Subconcepto 423.20. Subvenciones para reducir el precio a pagar por los consumidores. Subconcepto 423.90. Otras subvenciones a sociedades mercantiles estatales, entidades públicas empresariales y otros organismos públicos
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