Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 11 dic 2008
Los estados de gastos de los presupuestos de las entidades locales se clasificarán con los siguientes criterios: a) Por programas. b) Por categorías económicas. c) Opcionalmente, por unidades orgánicas.
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eli/es/o/2008/12/03/eha3565#art-3