Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 24 nov 2008
El procedimiento para el otorgamiento de avales se regirá, en lo no previsto por las normas establecidas en el Real Decreto -Ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el plan de acción concertada de los Países de la Zona Euro y en esta orden, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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