Art. Disposición final única
26 / 26En vigor desde 3 ene 2011
La presente Orden entrará en vigor el día 3 de enero de 2011 siendo aplicable a las autoliquidaciones correspondientes a devengos producidos a partir de 1 de enero de 2011.
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Proeli/es/o/2010/12/17/eha3316#disposicion-final-unica