Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 24 nov 2009
Se aprueban los diseños físicos a los que deberán ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del modelo 190, así como los diseños lógicos a los que deberán ajustarse los ficheros que contengan la información a suministrar en dicho modelo, tanto en el supuesto de que la presentación del mismo tenga lugar mediante soporte directamente legible por ordenador como si se efectúa por vía telemática. Ambos diseños, físicos y lógicos, figuran en el anexo II de la presente orden.
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eli/es/o/2009/11/10/eha3127#art-4