Art. 7
7 / 11En vigor desde 1 ene 2023
(Suprimido)
Téngase en cuenta que este artículo, suprimido por el .2 de la Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre de 2022. Ref. BOE-A-2022-19290 , entra en vigor el 1 de enero de 2023 según establece su disposición final única. Redacción anterior: "El procedimiento para la presentación telemática de la declaración correspondiente al modelo 390 será el siguiente: 1. El declarante se pondrá en comunicación con la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través de Internet o de cualquier otra vía equivalente que permita la conexión, en la dirección electrónica: http://agenciatributaria.es, y seleccionará el modelo de declaración a transmitir. A continuación, procederá a transmitir la correspondiente declaración con la firma electrónica generada al seleccionar el certificado electrónico instalado en el navegador a tal efecto. Si el presentador es una persona o entidad autorizada a presentar declaraciones en representación de terceras personas se requerirá una única firma, la correspondiente a su certificado. 2. Si la declaración es aceptada, la Agencia Estatal de Administración Tributaria le devolverá en pantalla los datos recogidos en el anexo III validados con un código electrónico de 16 caracteres, además de la fecha y hora de presentación. En el supuesto de que la presentación fuese rechazada, se mostrará en pantalla la descripción de los errores detectados. En este caso, se deberá proceder a subsanar los mismos con el programa de ayuda con el que se generó el fichero repitiendo la presentación si el error fuese originado por otro motivo. 3. El presentador deberá conservar la declaración aceptada y los datos recogidos en el anexo III validados con el correspondiente código electrónico."
Se suprime, con efectos de 1 de enero de 2023, por el .2 de la Orden HFP/1124/2022, de 18 de noviembre de 2022. Ref. BOE-A-2022-19290 Se añade por el .6 de la Orden HAP/2725/2012, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15380 . Su anterior numeración era .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2009/11/05/eha3111#art-7