Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 17 nov 2011
A los efectos de esta Reglamentación básica, los términos que en ella se emplean tendrán el sentido que se establece en el presente artículo. 1. Apuesta deportiva. Es el concurso de pronósticos sobre el resultado de uno o varios eventos deportivos incluidos en los programas previamente establecidos por el operador de juego, o sobre hechos o circunstancias que formen parte o se desarrollen en el marco de tales eventos o competiciones deportivas y que hayan sido previamente establecidos en el correspondiente programa por el operador de juego. 2. Apuesta deportiva de contrapartida. Es la apuesta deportiva en la que el participante apuesta contra el operador de juego, obteniendo derecho a premio en el caso de acertar el pronóstico sobre el que se apuesta, y siendo el premio el resultante de multiplicar el importe de la participación por el coeficiente que el operador haya validado previamente para el pronóstico realizado. 3. Unidad mínima de apuesta. Es la cantidad que se corresponde con el importe mínimo que puede jugarse en cada apuesta. 4. Evento deportivo. Es el acontecimiento deportivo, previamente determinado por el operador en el correspondiente programa, que se desarrolla en el marco de una competición deportiva o al margen de ella, cuya organización corresponde a personas, asociaciones o entidades independientes del operador, y que presenta un desenlace incierto y ajeno al operador de las apuestas y a los participantes. 5. Evento suspendido. Es el evento que, una vez iniciado, ha sido interrumpido antes de llegar a su final programado. Los eventos suspendidos pueden ofrecer resultados válidos si así se establece en las reglas particulares de las apuestas. 6. Evento anulado. Es el evento que, por razones ajenas al operador de juego y a los participantes, no llega a celebrarse o, celebrándose, sus resultados no son considerados en las apuestas. 7. Evento aplazado. Es el evento que, por razones ajenas al operador de juego y a los participantes, no se inicia en el momento programado para ello. El evento aplazado, salvo que las reglas particulares del juego establezcan lo contrario y determinen un evento que lo sustituya, supone el aplazamiento de los resultados de las apuestas. 8. Apuesta deportiva de contrapartida simple. Es aquel pronóstico que se realiza sobre un único resultado de un único evento deportivo. 9. Apuesta deportiva de contrapartida múltiple. Se entiende por apuesta deportiva de contrapartida múltiple, el pronóstico que se realiza simultáneamente sobre dos o más resultados de un acontecimiento deportivo. 10. Apuesta deportiva de contrapartida combinada. Se entiende por apuesta deportiva de contrapartida combinada, el pronóstico que se realiza simultáneamente sobre los resultados de dos o más acontecimiento deportivos. 11. Apuesta deportiva de contrapartida convencional. Es aquella clase de apuesta cuyo plazo para ser realizada deberá estar cerrado con anterioridad a que el evento deportivo se inicie. En el caso de apuestas múltiples o combinadas, el plazo de realización deberá estar cerrado con anterioridad a que se celebre el primer evento por orden cronológico de los contenidos en la apuesta. 12. Apuesta deportiva de contrapartida en directo. Es aquella clase de apuesta que se realiza durante el tiempo de celebración del evento deportivo sobre el que se basa, bien durante su totalidad o bien durante la parte del mismo que establezca el operador en su programa de apuestas. 13. Coeficiente de apuesta. Es la cifra que determina la cuantía que corresponde pagar a una apuesta ganadora al ser multiplicada por la cantidad apostada. Si no se establece lo contrario, en el coeficiente estará incluido el importe correspondiente a la devolución de importe inicialmente aportado por el apostante que ha conseguido premio. Cada operador de apuestas deportivas de contrapartida fijará los coeficientes asociados a las apuestas que comercializa, en función de su iniciativa y de las probabilidades de que el resultado de dicho pronóstico se produzca. Estos coeficientes podrán variar a lo largo del plazo de realización de las apuestas. El coeficiente fijado en cada momento para una apuesta concreta será único.
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