Art. Regla 27
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Normas Generales

Art. Regla 27

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En vigor desde 17 nov 2011
La Cuenta de la Administración General del Estado mostrará la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución del Presupuesto de la Administración General del Estado, y estará a disposición de los distintos destinatarios de la información contable.
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