Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 33
45 / 60En vigor desde 29 abr 2012
La transparencia de los servicios bancarios de crédito al consumo celebrados por los clientes se rige por lo previsto en la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo. Asimismo, en lo no previsto por la citada Ley 16/2011, de 24 de junio, les resultará aplicable lo establecido en el título I y en el capítulo I del título III de esta orden.
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Proeli/es/o/2011/10/28/eha2899#art-33