Art. 32 novies
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II BISSecc. Sección 2.ª Información precontractual

Art. 32 novies

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En vigor desde 16 jun 2019
1. Las entidades deberán proporcionar a los clientes que soliciten cualquiera de estos servicios, información clara y suficiente sobre los préstamos que ofertan. Esta información, que será gratuita y tendrá carácter orientativo, se facilitará mediante la ficha de información precontractual (FIPRE) que figura en el anexo III. 2. La ficha de información precontractual estará a disposición de los clientes de préstamos, de forma gratuita, en todos los canales de comercialización utilizados por la entidad. Téngase en cuenta que este artículo, añadido por el .14 de la Orden ECE/482/2019, de 26 de abril. Ref. BOE-A-2019-6301 , entra en vigor el 16 de junio de 2019 según determina su disposición final 3. Se añade por el .14 de la Orden ECE/482/2019, de 26 de abril. Ref. BOE-A-2019-6301 Esta actualización entra en vigor el 16 de junio de 2019 según determina la disposición final 3 de la citada Orden.

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eli/es/o/2011/10/28/eha2899#art-32-novies