Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 16 jun 2019
La presente orden ministerial tiene por objeto garantizar el adecuado nivel de protección de los clientes de productos y servicios bancarios de entidades de crédito, mediante la implantación de normas de conducta y medidas de transparencia en la prestación de servicios financieros bancarios. Téngase en cuenta que esta actualización, establecida por el .1 de la Orden ECE/482/2019, de 26 de abril. Ref. BOE-A-2019-6301 , entra en vigor el 16 de juno de 2019 según determina su disposición final 3: Redacción anterior: "Artículo 1. Objeto. La presente orden ministerial tiene por objeto garantizar el adecuado nivel de protección de los clientes de entidades de crédito, mediante la implantación de medidas de transparencia en la prestación de servicios financieros bancarios." Se modifica por el .1 de la Orden ECE/482/2019, de 26 de abril. Ref. BOE-A-2019-6301 Esta modificación entra en vigor el 16 de juno de 2019 según determina la disposición final 3 de la citada Orden.

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Pro

eli/es/o/2011/10/28/eha2899#art-1