Art. Disposición final segunda
8 / 9En vigor desde 30 jul 2010
Se habilita a la IGAE para efectuar las modificaciones que fuese necesario realizar en los ficheros informáticos y especificaciones técnicas que se contienen en los Anexos I a X, a efectos de adecuar dichas especificaciones y requerimientos a los que en cada momento pudiesen estar disponibles en los diferentes sistemas de información contable utilizados por las entidades a las que sea de aplicación la presente Orden.
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Proeli/es/o/2010/07/22/eha2043#disposicion-final-segunda