Art. Tercero

Art. Tercero

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En vigor desde 12 jun 2007
A partir de la entrada en vigor de esta Orden, quedan sin efecto las siguientes normas: a) La Orden EHA/1272/2004, de 10 de mayo, por la que se delegan determinadas competencias de gestión patrimonial relativas al arrendamiento de bienes en el extranjero. b) En el apartado Quinto de la Orden EHA 3057/2004, de 21 de septiembre, de delegación de competencias a favor de diversos órganos del Ministerio de Economía y Hacienda, lo establecido en el párrafo 1 en lo que se oponga a lo dispuesto en la presente Orden, y en los puntos 2.1. letra f), 3.1. letra b) y 4. letra c), en la mención que en esta última letra c) se hace al artículo 122, en cuanto se refiere a la prórroga, novación y resolución anticipada.
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