Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 24 jun 2010
Las normas dictadas por la CNMV en uso de la habilitación recogida en el apartado 2 de la disposición final de la Orden de 25 de octubre de 1995 de desarrollo parcial del Real Decreto 629/1993, de 3 de mayo, sobre normas de actuación en los mercados de valores y registros obligatorios, y las normas dictadas en uso de la habilitación recogida en el apartado 1 de la disposición final de la Orden de 7 de octubre de 1999, de desarrollo del código general de conducta y normas de actuación en la gestión de carteras de inversión, continúan vigentes, entendiendo que tales normas se han dictado en uso de las habilitaciones contenidas en esta orden ministerial.
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