Art. Disposición transitoria primera
18 / 22En vigor desde 8 abr 2014
Los contratos derivados de los concursos de adopción de tipo vigentes a la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público se adjudicarán por el procedimiento previsto para la adjudicación de contratos basados en un acuerdo marco en el artículo 182.4 de la Ley de Contratos del Sector Público. A tal efecto se entenderá por términos del acuerdo marco los establecidos en las respectivas adjudicaciones de los concursos de adopción de tipo.
Se numera por el art. único.4 de la Orden HAP/536/2014, de 3 de abril. Ref. BOE-A-2014-3674 . Su anterior denominación era disposición transitoria única.
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Proeli/es/o/2008/04/10/eha1049#disposicion-transitoria-primera