Art. Disposición adicional única
Derogado14 / 22En vigor desde 31 dic 2015
En el ámbito del sector público estatal, las solicitudes de contratos basados en el acuerdo marco o de adjudicaciones de contratos realizados en el marco del sistema dinámico de contratación se tramitarán, a través de la aplicación informática CONECTA CENTRALIZACIÓN.
A partir del 1 de junio de 2016 esta obligación se extenderá a los entes que no forman parte del sector público estatal.
Se modifica por el art. único.13 de la Orden HAP/2834/2015, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-14268 . Se añade por el art. único.2 de la Orden HAP/19/2014, de 13 de enero. Ref. BOE-A-2013-11518 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2008/04/10/eha1049#disposicion-adicional-unica