Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria segunda
41 / 45En vigor desde 22 jul 2023
En aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición transitoria primera del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, las pruebas para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria que se realicen hasta el final del curso 2023-2024 se organizarán basándose en la configuración curricular establecida en la orden ECD/1361/2015, de 3 de julio, por la que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y se regula su implantación, así como la evaluación continua y determinados aspectos organizativos de las etapas. En todo caso, se tendrá en cuenta que los estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los anexos de dicho real decreto tienen carácter meramente orientativo.
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Proeli/es/o/2023/07/19/efp822#disposicion-transitoria-segunda