Art. Disposición adicional octava

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 6 ago 2022
La Secretaría de Estado de Educación podrá adaptar el contenido de esta orden a las características de la educación de personas adultas. Asimismo, establecerá las características de las pruebas para que las personas mayores de veinte años puedan obtener directamente el título de Bachiller.
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