Art. 22
22 / 49En vigor desde 22 jul 2022
1. El conjunto del profesorado de cada grupo, coordinado por su tutor o tutora y con el asesoramiento, en su caso, del orientador u orientadora del centro, se reunirá periódicamente en sesión de evaluación para valorar de forma colegiada tanto el progreso del alumnado en relación con el logro de las competencias y los objetivos de la etapa, como la información procedente de las familias o tutores o tutoras legales, y el desarrollo de su propia práctica docente, y para adoptar las medidas pertinentes para su mejora.
2. Cada grupo de alumnos y alumnas será objeto de una sesión de la evaluación inicial, de tres sesiones de evaluación a lo largo del curso y de una sesión de evaluación final. Se podrá hacer coincidir la última sesión con la de la evaluación final del curso.
En cada sesión, la evaluación de cada área será competencia del profesorado que la haya impartido. En las demás decisiones, el equipo docente actuará de manera colegiada. Las decisiones que se adopten se tomarán por consenso y, en el caso de no producirse este, se adoptarán de acuerdo con el criterio del tutor o tutora.
3. La sesión de evaluación inicial se celebrará a comienzos de curso. En la misma se tendrán en cuenta, además de las valoraciones del equipo docente, los datos e informaciones recibidas del tutor o tutora del curso anterior.
4. La evaluación inicial tendrá como principal objetivo, por una parte, permitir al equipo docente adoptar las medidas pertinentes de refuerzo para aquellos alumnos y alumnas que lo precisen; y por otra, orientarlo en la elaboración, revisión y adecuación de las programaciones didácticas a las características del alumnado.
5. Las sesiones que se celebren a lo largo del curso tendrán por objeto orientar al profesorado y ayudar al alumnado en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y adoptar las decisiones que ayuden a superar las posibles dificultades encontradas. En cada sesión se deberá hacer un seguimiento de las medidas organizativas y curriculares adoptadas en la sesión o sesiones anteriores y se decidirán las nuevas medidas que se consideren pertinentes.
6. Además del seguimiento realizado a lo largo del curso, el equipo docente, coordinado por el tutor o la tutora del grupo, valorará, de forma colegiada, el progreso del alumnado en una única sesión de evaluación que tendrá lugar al finalizar el curso escolar.
7. De cada una de las sesiones de evaluación se levantará un acta. En ella se harán constar las valoraciones y conclusiones sobre el progreso del grupo y de los alumnos y alumnas, y los acuerdos adoptados como consecuencia de las mismas.
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Proeli/es/o/2022/07/15/efp678#art-22