Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 1 mar 2019
No obstante, lo dispuesto en el artículo primero, las pruebas de evaluación del curso 2018/2019 se realizarán teniendo en cuenta lo siguiente: a) Las fechas de referencia que figuran en el artículo 9 de la Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018, serán las correspondientes al curso escolar 2018/2019. b) Los resultados de las evaluaciones serán confidenciales y en ningún caso tendrán efectos académicos para el alumnado, ni podrán ser utilizados para el establecimiento y publicación de clasificaciones de los centros.
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eli/es/o/2019/02/26/efp196#art-2