Art. 10
10 / 13En vigor desde 30 dic 2022
Las administraciones educativas competentes, al ordenar el procedimiento previsto en la presente orden, tendrán en cuenta que cada interesado:
a) Podrá formular solicitud para el reconocimiento de los diplomas federativos que posea para cada modalidad o especialidad deportiva.
b) Podrá efectuar una sola matrícula para superar la prueba de conjunto, que le dará derecho a presentarse a un máximo de tres convocatorias.
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Proeli/es/o/2022/12/21/efp1299#art-10