Art. 5

Art. 5

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En vigor desde 24 dic 2019
Ante la resolución de la equivalencia, la persona interesada podrá interponer recurso de alzada, ante la Dirección General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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