Capítulo CAPÍTULO X›Secc. Sección cuarta. Unidades de orientación
Art. 71
71 / 87En vigor desde 7 abr 2010
Las unidades de orientación estarán integradas en los colegios de educación infantil y primaria y en los centros de educación especial y atenderán al alumnado de las distintas etapas educativas escolarizado en los mismos.
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Proeli/es/o/2010/03/18/edu849#art-71