Art. 6
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

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En vigor desde 29 oct 2011
1. Cursos.–Se programan con la finalidad de contribuir a la actualización científica, técnica, didáctica y profesional del profesorado, por medio de las aportaciones de especialistas. El diseño del curso corresponde a la entidad organizadora. 2. Seminarios.–Surgen de la iniciativa de los propios Profesores o de la entidad organizadora. A partir de la reflexión conjunta, del debate interno y del intercambio de experiencias sirven para profundizar en el estudio de determinadas cuestiones educativas, tanto referentes a la ciencia disciplinar como a las didácticas de las mismas y a otras ciencias de la educación. Ocasionalmente podrán contar con la colaboración de personas expertas. Al finalizar la actividad se presentará una Memoria que dé cuenta detallada del trabajo realizado. 3. Grupos de trabajo.–Parten de la iniciativa del profesorado o de la entidad organizadora. El objetivo de los grupos de trabajo será la elaboración y/o análisis de proyectos y materiales curriculares, así como la experimentación de los mismos centrada en las diversas situaciones educativas. Ocasionalmente podrán contar con la colaboración de personas expertas. La coordinación se efectuará por una de las personas integrantes y se le podrá asignar, en función de las tareas desarrolladas, hasta un tercio más del número de horas de los participantes. Al finalizar la actividad se presentará una Memoria que dé cuenta detallada del trabajo realizado, junto con un ejemplar de los materiales elaborados en el grupo de trabajo, que serán el referente para la evaluación del mismo. 4. Proyectos de formación en centros.–Se trata de una formación dirigida a un centro como unidad, que favorece la planificación y el desarrollo de las actividades formativas centradas en el propio centro y su contexto como elementos de cambio e innovación educativa. Los proyectos de formación en centros se basan en el trabajo colaborativo entre iguales y suponen el reconocimiento de la experiencia del profesorado como un valor fundamental en los procesos de formación. Esta modalidad podrá contar con la colaboración de personas expertas. Su objetivo es promover procesos de autoevaluación y desarrollar proyectos de mejora a partir de las necesidades reales de los centros educativos. Una vez finalizado el trabajo, el grupo de Profesores confeccionará una Memoria en la que se recoja y evalúe la actividad desarrollada. Los proyectos contarán con una persona que coordine, que será la encargada de la dinamización del trabajo, representación del grupo y coordinación en la redacción de la Memoria final. Se le podrá asignar hasta un tercio más del número de horas de los participantes. 5. Congresos.–Es una modalidad formativa de carácter puntual cuyo principal objetivo es difundir contenidos sobre un tema monográfico previamente fijado, intercambiar experiencias o debatir sobre los avances que se vengan realizando en un campo científico o didáctico. En su diseño se pueden incluir conferencias de personas expertas, presentación de experiencias y comunicaciones, talleres, mesas redondas y exposiciones de material. Las jornadas, encuentros y cualquier otra actividad de estas características quedarán asimiladas a congresos en cuanto a su clasificación. 6. Las actividades formativas considerarán las necesidades y demandas de las personas a que vayan destinadas y las líneas prioritarias que establezca el Ministerio de Educación. 7. El diseño de las actividades de formación permanente del profesorado se realizará desde el respeto a los derechos fundamentales y de igualdad entre hombre y mujeres, así como desde el respeto y promoción de los derechos humanos y de los principios de accesibilidad universal.
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