Art. Disposición final primera
12 / 13En vigor desde 18 jun 2009
La presente orden se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución, según el cual corresponde al Estado la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.
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Proeli/es/o/2009/06/10/edu1603#disposicion-final-primera