Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 20
21 / 26En vigor desde 29 jul 2006
La Junta General aprobará las normas de funcionamiento de los órganos asesores que comprenderán su organización, fines, funciones, régimen económico y las relaciones con sus miembros.
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Proeli/es/o/2006/07/24/eci2461#art-20