Art. 7

Art. 7

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En vigor desde 22 jul 2007
1. En el Anexo II de esta orden se fija la contribución al desarrollo de las competencias básicas y los objetivos de las diferentes materias, así como los contenidos y criterios de evaluación de cada materia en los diferentes cursos. 2. Con objeto de orientar la actividad docente para cada una de las materias en el citado anexo se incluyen orientaciones metodológicas y para la evaluación.
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eli/es/o/2007/07/12/eci2220#art-7