Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 16 jun 2015
El precio de entrada, exenciones, gratuidad o descuento en los museos adscritos al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte que estén gestionados por las comunidades autónomas en virtud del correspondiente convenio de gestión, será fijado por éstas.
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