Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria única
24 / 27En vigor desde 25 abr 2015
En tanto no se determine el procedimiento informático al que hace referencia esta orden, la Dirección Provincial deberá garantizar los mecanismos necesarios para llevar a cabo el proceso de admisión de alumnos.
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Proeli/es/o/2015/04/22/ecd724#disposicion-transitoria-unica