Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 2 may 2014
1. Para el comienzo del curso 2014-2015 los centros elaborarán, de acuerdo con lo dispuesto en esta orden, la Propuesta pedagógica correspondiente a los cursos primero, tercero y quinto de la etapa de Educación Primaria. 2. Para el comienzo del curso 2015-2016 los centros elaborarán, de acuerdo con lo dispuesto en esta orden, la Propuesta pedagógica de los cursos segundo, cuarto y sexto de la etapa de Educación Primaria. 3. De manera excepcional, el plazo para la presentación de la Propuesta pedagógica del curso 2014–2015 finalizará el 15 de junio de 2014.
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