Art. Disposición final segunda
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1. De acuerdo con lo indicado en esta orden, la Conferencia de Educación, a iniciativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, desarrollará estrategias para la consecución, integración y evaluación de las competencias que permitan ilustrar la elaboración de las programaciones didácticas y procedimientos de evaluación de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.
2. Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para la ejecución y desarrollo de lo establecido en esta orden.
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Proeli/es/o/2015/01/21/ecd65#disposicion-final-segunda