Art. Sexto

Art. Sexto

6 / 8
En vigor desde 15 nov 2003
Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se adoptarán las medidas necesarias para el cumplimiento de lo que en esta Orden se establece, en consulta con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayuntamiento de Almagro.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2003/11/10/ecd3155#sexto