Capítulo CAPÍTULO IX
Art. 60
60 / 66En vigor desde 1 ene 2016
El registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, regulado en el capítulo IV del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, se compondrá de las siguientes secciones:
a) Primera: Empresas de producción de películas cinematográficas y obras audiovisuales. En ella se inscribirán aquellas empresas cuyo objeto sea la producción de las obras audiovisuales destinadas en primer término a su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica.
b) Segunda: Empresas de distribución de películas cinematográficas y obras audiovisuales. En ella se inscribirán aquellas empresas cuyo objeto sea la importación y/o distribución nacional de estas obras.
c) Tercera: Exhibidores. En ella se inscribirán los titulares de salas de exhibición cinematográfica, con anotación de cada una de las salas de su titularidad.
d) Cuarta: Empresas de exportación de películas y de otras obras audiovisuales. En ella se inscribirán las empresas dedicadas a la exportación de dichas obras.
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Proeli/es/o/2015/12/18/ecd2796#art-60