Art. 23
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto

Art. 23

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En vigor desde 1 ene 2016
1. En la convocatoria se establecerá la cuantía máxima de cada una de las ayudas que, dentro del crédito anual destinado a las mismas, podrá alcanzar un importe máximo de 500.000 euros, siempre que dicho importe no supere el 40 % del coste del proyecto. 2. De dicho crédito anual se destinará entre un mínimo del 15 % y un máximo del 25 % a proyectos de carácter documental.
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eli/es/o/2015/12/18/ecd2796#art-23