Art. Disposición final primera
7 / 8En vigor desde 30 abr 2025
Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación a dictar las resoluciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente orden, así como para modificar los anexos contenidos en la misma.
Se modifica por el art. único.3 de la Orden EFD/401/2025, de 24 de abril. Ref. BOE-A-2025-8488 Se añade por el art. único.1 de la Orden ECD/615/2016, de 26 de abril. Ref. BOE-A-2016-4092 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2012/08/03/ecd1767#disposicion-final-primera