Art. 7
7 / 11En vigor desde 6 nov 2016
El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de los órganos colegiados creados por esta orden se ajustará a lo establecido en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Proeli/es/o/2016/10/28/ecd1746#art-7