Art. 6
6 / 10En vigor desde 1 jul 2012
Las solicitudes de equivalencia de otros estudios de planes anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo con el Graduado Escolar a efectos laborales no contempladas en los artículos anteriores deberán ser dirigidas a la Administración educativa de la Comunidad Autónoma correspondiente, para cuya resolución se requerirá informe preceptivo y vinculante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
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Proeli/es/o/2012/06/20/ecd1417#art-6