Art. 7
Derogado7 / 10En vigor desde 5 jul 2014
Para la obtención de cada uno de los carnés de la Biblioteca Nacional de España será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a) Acreditar la personalidad del solicitante mediante presentación del documento nacional de identidad en vigor o documentos equivalentes.
b) Presentar la información complementaria o las aclaraciones a la ya presentada que la Biblioteca Nacional de España considere necesaria para la obtención del correspondiente carné.
c) Presentar, debidamente cumplimentado, el impreso de solicitud.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2014/06/25/ecd1152#art-7