Título CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
5 / 49En vigor desde 14 may 2015
Corresponde al Pleno de la Cámara de Comercio de España:
a) Aprobar, a propuesta del Comité Ejecutivo, y proponer por mayoría absoluta al Ministerio de Economía y Competitividad el Reglamento de Régimen Interior de la Corporación, así como sus modificaciones.
b) Elegir, en la forma prevista en el artículo 24 del presente Reglamento, al Presidente y demás miembros del Comité Ejecutivo así como acordar su cese, y declarar y proveer las vacantes que se produzcan, así como ratificar el nombramiento o cese del presidente o los Presidentes honorarios designados por el Presidente de la Cámara de Comercio de España en la forma señalada en el artículo 16.
c) Nombrar, en su caso, y cesar al Director Gerente, a propuesta del Presidente, y por acuerdo motivado adoptado por la mitad más uno de sus miembros.
d) Nombrar, previa convocatoria pública de la vacante, y cesar al Secretario General, por acuerdo motivado adoptado por la mitad más uno de sus miembros.
e) Determinar los empleados que pueden tener acceso a la información facilitada por la Administración tributaria a que se refiere el artículo 8 de la Ley 4/2014, de 1 de abril.
f) Aprobar las cuentas anuales, el Informe Anual sobre el Gobierno Corporativo, y los presupuestos ordinarios y extraordinarios y sus liquidaciones, para su remisión al Ministerio de Economía y Competitividad para su aprobación definitiva.
g) Adoptar los acuerdos referentes a la adquisición y disposición de bienes y a las operaciones de crédito cuando éstos excedan del 25% del presupuesto recabando las autorizaciones necesarias para ello en los términos de la Ley 4/2014, de 1 de abril.
h) Adoptar, con una mayoría de dos tercios de los votos presentes, acuerdos vinculantes para todas las Cámaras en el marco de las funciones descritas en los artículos 22 y 23 de la Ley 4/2014, de 1 de abril.
i) Crear, constituir y suprimir, a propuesta del Comité Ejecutivo, las Comisiones de trabajo de carácter consultivo y designar al Presidente de cada una de ellas.
j) Designar, a propuesta del Comité Ejecutivo, los representantes de la Cámara de Comercio de España en los distintos organismos públicos y privados que proceda.
k) Aprobar, a propuesta del Comité Ejecutivo, las recomendaciones para las aportaciones voluntarias de las empresas y entidades mencionadas en el artículo 36.2 del presente reglamento.
l) Aprobar, a propuesta del Comité Ejecutivo, la participación en la Cámara de Comercio de España, de otras empresas o entidades, en calidad de vocales colaboradores o asociados mencionados en el artículo 34.2 del presente reglamento, así como su cese.
m) Aprobar, a propuesta del Comité Ejecutivo, la renovación del Pleno y, en su caso, del Comité Ejecutivo, de acuerdo con la Ley 4/2014, de 1 de abril, y con el presente reglamento.
n) Aprobar, a propuesta del Comité Ejecutivo, los criterios de afectación y distribución de los ingresos de la Cámara de Comercio de España, respetando las reglas de preferencia y distribución a que se refiere el artículo 31 de la Ley 4/2014, de 1 de abril.
o) Ejercer todas aquellas facultades que puedan corresponderle en relación con su carácter de órgano supremo de gobierno y representación general de la Cámara de Comercio de España.
p) Acordar, a propuesta del Comité Ejecutivo, la elevación del Plan Cameral de Internacionalización y del Plan Cameral de Competitividad al Ministerio de Economía y Competitividad para su aprobación si procede.
q) Aprobar, a propuesta del Comité Ejecutivo, informes y propuestas.
r) Cuantas otras funciones le atribuya la legislación vigente.
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Proeli/es/o/2015/05/14/ecc953#art-5